Un contrato de trabajo a tiempo parcial conocido como contrato de trabajo fijo discontinuo expresa la relación laboral desarrollada entre el trabajador y la empresa durante un periodo en que el trabajador sólo realiza trabajo por horas o días preestablecidos.
Este contrato se aplica preferentemente en empresas estacionales donde la actividad se interrumpe periódicamente durante el año. Este contrato se ha regulado jurídicamente desde el año 2007 a través de la Ley de Contrato de Trabajo a Tiempo Parcial o Fijo Discontinuos. La principal característica del contrato fijo discontinuo es que el trabajador no tiene la obligación de estar disponible en todas las horas y días del año. El trabajador no tiene obligación de prestar servicio siempre que la empresa no le ofrezca trabajo y, por tanto, no cuenta con un salario constante mensual. El trabajador recibe un salario proporcional al tiempo de trabajo realizado, pero siempre en la estructura legalmente establecida para este tipo de contrato. Estos contratos garantizan a la empresa la mayor flexibilidad en la gestión de sus recursos humanos y le permiten disminuir o incrementar su plantilla en función de sus necesidades, sin someterse a los límites establecidos por el contrato de trabajo a tiempo completo, quedando excento de las responsabilidades laborales relacionadas con la organización de los horarios de trabajo.
Los trabajadores, por su parte, tienen la ventaja de ser capaces de trabajar a su gusto y disponer de su tiempo libre según lo requiera. Esto, en diversas ocasiones, puede resultar como una gran oportunidad laboral para aquellas personas que ofrecen sus servicios a empresas estacionales, pudiendo hacer buen uso de la flexibilidad que ofrece el contrato de trabajo fijo discontinuo.
No obstante, el contrato de fijo discontinuo también conlleva algunas desventajas como la falta de autonomía por parte del trabajador, debido a que la empresa tiene la última palabra en lo que respecta la jornada laboral y la distribución de la retribución.
Además, pueden devenirse problemas a la hora de afrontar los pagos de la Seguridad Social, puesto que es necesario abonar cotizaciones mensuales aunque el trabajador no reciba retribución mensual. Finalmente, el contrato fijo discontinuo no está recomendado para aquellos trabajadores que pretenden disponer de un horario laboral regular y conocer con antelación el número de horas trabajadas mensualmente. Para ellos, otro tipo de contrato mucho más recomendable sería el contrato de trabajo a tiempo parcial limitado al número de horas establecidas en su convenio colectivo.
Esto les garantizaría un salario estable y acorde a su convenio laboral.
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